Resolución 424/2020 Secretaría de Comercio

Botón de Arrepentimiento

Mecanismo legal oficial para la revocación inmediata de contrataciones de servicios celebradas a distancia en la República Argentina.

Formulario Oficial de Revocación

En cumplimiento del artículo 34 de la Ley N° 24.240 y de la Resolución N° 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, usted tiene derecho a revocar la aceptación del servicio contratado a distancia dentro del plazo de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de contratación o seña, sin costo ni penalidad alguna.